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Fallos provisionales

Conforme a las reglas locales 2.00.10 y 2.00.11, las asignaciones judiciales para casos civiles y testamentarios son las siguientes:

Western Slope

Todos las presentaciones civiles de Western Slope sujetas a las disposiciones de la Ley de Reducción de Demoras en las Cortes de Primera Instancia, los mandatos o prohibiciones, las apelaciones de reclamos menores, la legalización de testamentos y las tutelas de adulto se harán en 3321 Cameron Park Dr., Cameron Park, CA 95682. Todas las presentaciones mencionadas serán asignadas automáticamente en el momento de su presentación al honorable Gary S. Slossberg, en el Departamento 9, para todos los propósitos. Esta asignación se aplicará a todos los asuntos previos al juicio y al juicio.

Todas las órdenes de restricción y tutelas de menores de Western Slope se presentarán en 295 Fair Lane, Placerville, CA 95667. Todas las presentaciones mencionadas serán asignadas automáticamente en el momento de su presentación a la honorable Hana Balfour, en el Departamento 8, para todos los propósitos. Esta asignación se aplicará a todos los asuntos previos al juicio y al juicio.

South Lake Tahoe

Todas las presentaciones civiles de South Lake Tahoe sujetas a las disposiciones de la Ley de Reducción de Demoras en las Cortes de Primera Instancia y de legalización de testamentos se harán en 1354 Johnson Blvd., South Lake Tahoe, CA 96150. Todas las presentaciones mencionadas serán asignadas automáticamente en el momento de su presentación al juez Michael J. McLaughlin, en el Departamento 4, para todos los propósitos. Esta asignación se aplicará a todos los asuntos previos al juicio y al juicio.

Fallos

Los fallos provisionales civiles y de legalización de testamentos se publicarán en este sitio web después de las 2:00 p. m. del día anterior a la fecha de la audiencia.

Comparecencias para fallos provisionales de derecho y moción

No es necesario comparecer a menos que el fallo provisional establezca que se requiere una comparecencia. Si el fallo requiere comparecencias, se permiten comparecencias por teléfono a menos que el fallo indique que se requieren comparecencias en persona.

Comparecencia por teléfono

Si el fallo permite una comparecencia por teléfono o bien si la corte la autoriza, esta se puede programar a través del sistema de comparecencia por teléfono vCourt de la corte, al que puede acceder aquí: Comparecencias por teléfono

Solicitud de alegato oral

No se permitirá ningún alegato oral a menos que el abogado haya leído el texto completo del fallo provisional. Cualquier parte que plantee objeciones al fallo provisional y solicite alegatos orales tiene que notificarlo a la corte antes de las 4:00 p. m. del día anterior a la audiencia llamando al departamento de la corte donde el asunto esté programado para ser atendido. Para las audiencias civiles de West Slope, llame al: 530-621-6551; para las audiencias de derecho de familia de West Slope, llame al: 530-621-6725; para las audiencias de South Lake Tahoe, llame al: 530-573-3042. Las partes que planteen objeciones al fallo provisional también tendrán que notificar a todas las partes su objeción y la intención de comparecer y presentar alegatos antes de las 4:00 p. m. del día anterior a la audiencia. Si solicita un alegato oral sobre el fallo provisional, tiene que comparecer en persona o por teléfono.

Por lo general, solo se permitirán alegatos orales cuando el fallo acepte una excepción sin permiso para enmendar, fallos sobre mociones para un fallo o adjudicación rápidos, fallos que desestimen una acción, peticiones de mandatos, probatorios de falta de comparecencia o fallos en los que se hayan impuesto sanciones.

Normalmente no se permiten alegatos sobre las mociones de revelación (de pruebas) a menos que se hayan impuesto sanciones.

Los alegatos en todos los demás casos son a discreción de la corte; si la corte solicita escuchar los alegatos orales, el fallo provisional indicará que se requieren comparecencias. Los asuntos del calendario judicial de derecho y moción se programan con un total de no más de quince (15) minutos para alegatos. Si una parte solicita un alegato oral que vaya a durar más de 15 minutos, llame a la corte y proporcione al secretario tres (3) fechas establecidas de mutuo acuerdo. Si el tiempo lo permite, la corte también puede escuchar alegatos de más de 15 minutos en el calendario judicial de derecho y moción. Si la corte no puede escuchar los alegatos, se fijará una nueva audiencia. Las partes y los abogados deberían tener fechas disponibles en sus calendarios para confirmar las próximas fechas.

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