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División de Derecho de Familia

Derecho de Familia

Las cortes de derecho de familia tienen jurisdicción sobre todos los casos relacionados con disolución del matrimonio, separación legal, anulación, filiación, violencia en el hogar, custodia de los hijos, regímenes de visitas y manutención. 

Otros servicios de apoyo incluyen la mediación y el asistente de derecho de familia en el lugar y un panel de abogados calificados que manejan las conferencias de acuerdo.

Los casos de derecho de familia se manejan en los Departamentos 4, 5 y 12.

Proceso de resolución de casos de derecho de familia

A partir del 1.º de enero de 2013, todas las cortes de derecho de familia de California se rigen por el proceso de “resolución de casos centrados en la familia”. Este proceso de administración de casos tiene como objetivo un acuerdo temprano, fechas de juicio más rápidas, gastos reducidos de litigios y una mejor asistencia a las familias. Su caso se manejará a través de una o más conferencias de estado del caso en las que las partes, los abogados y un juez hablarán de un "plan de resolución del caso".

Asistente de derecho de familia

El asistente de derecho de familia es un abogado que está capacitado para brindar asistencia procesal a las personas que se representan a sí mismas en la corte de familia. El asistente de derecho de familia no lo representará en una audiencia de la corte, pero puede ayudarle a preparar sus formularios de la corte para esa audiencia o las órdenes después de la audiencia. Asistente de derecho de familia (Placerville y South Lake Tahoe)

Consejería recomendante sobre custodia de los hijos

Cuando los padres se separan o se divorcian, es necesario tomar decisiones sobre dónde vivirán los hijos y cómo los cuidarán. Estas son decisiones importantes. A veces son las más difíciles. La ley de California establece que cuando los padres no pueden llegar a un acuerdo, primero tienen que reunirse con un mediador profesional (consejero recomendante sobre custodia de los hijos) antes de poder ir a la corte. Información sobre la consejería recomendante sobre custodia de los hijos

Tipos de casos

TENGA EN CUENTA: Para la disolución del matrimonio o la separación legal en California, solo hay dos motivos legales. El primero es "diferencias irreconciliables", lo que significa que al menos una de las partes afirma que el matrimonio no puede salvarse. El otro motivo es la "insania incurable" que, al contrario de las diferencias irreconciliables, tiene que probarse.

Disolución del matrimonio (divorcio):

una disolución del matrimonio, más comúnmente conocida como divorcio, termina el matrimonio y resuelve asuntos matrimoniales como la custodia de los hijos, la visita, la manutención de los hijos, la manutención del cónyuge, la división de bienes y deudas (bienes inmuebles y personales), la restitución del nombre anterior, las órdenes de restricción y otros asuntos identificados por las partes. Tiene que esperar 6 meses a partir de la fecha en la que se le hizo la entrega legal de los documentos del divorcio al demandado. Después, tendrá que presentar los documentos del fallo a la corte para que los firme un juez antes de estar legalmente divorciado. El asistente de derecho de familia puede ayudarle con esto (haga clic aquí para ver talleres/clínicas de ayuda). Para conocer las cuotas de presentación actuales, haga clic aquí (en inglés).

Disolución sumaria:

si usted y su cónyuge están de acuerdo en que desean divorciarse, es posible que puedan obtener una disolución sumaria. Los criterios para una disolución sumaria incluyen:

  • Estuvieron casados menos de cinco años,
  • No tuvieron hijos durante el matrimonio,
  • Tienen muy pocos bienes y deudas en conjunto.

Separación legal:

La separación legal es similar a la disolución del matrimonio, salvo que las partes siguen casadas entre sí. La corte puede dictar órdenes relativas a los mismos asuntos identificados en una disolución de matrimonio.

Si solicita una acción de separación legal, puede modificar su petición antes del fallo para solicitar la disolución del matrimonio. Eso le permitirá "poner en marcha el reloj" del periodo de espera para el divorcio (seis meses desde la entrega legal), siempre que siga algunas instrucciones especiales.

Anulación:

La anulación es más conocida como anulación del matrimonio. Esta solo puede solicitarse si una de las partes alega incesto, bigamia, menor sin consentimiento de los padres, juicio insano, fraude, matrimonio forzado o incapacidad para consumar el matrimonio.

Parejas de hecho:

La disolución de una pareja de hecho pone fin a la sociedad. Tiene que ser residente del estado de California, ambas partes no tienen que estar de acuerdo con la disolución y se necesita un mínimo de seis meses para que esta acción sea definitiva.

Manutención de los hijos y del cónyuge:

Para obtener o modificar órdenes de manutención familiar, establecer la filiación o hacer cumplir las órdenes de manutención familiar existentes, el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos está disponible para ayudarle. La información relativa a esta oficina está disponible en el Departamento de Servicios de Manutención de los hijos

Adopciones: privadas y por parte de un padrastro:

Antes de conceder una petición de adopción, la corte autoriza una investigación del padre o los padres adoptivos, independientemente de si son parientes de los menores o los padrastros. Las partes están obligadas a pagar estas investigaciones. Normalmente, la corte también considerará las peticiones de terminación de los derechos paternos de los padres que renuncian a sus hijos en este proceso.

Violencia en el hogar:

Las partes que aleguen violencia en el hogar pueden solicitar una Orden de restricción por violencia en el hogar.

Establecimiento de la relación de filiación:

También se llaman casos de "paternidad" o "filiación". La corte puede hacer hallazgos sobre la relación de filiación en estos asuntos que tendrán efecto sobre la manutención, la visita y la custodia de los hijos.

Custodia, manutención y visita de los hijos:

Incluso después de que se hayan resuelto los asuntos matrimoniales y de pareja de hecho, la corte conserva la jurisdicción sobre los asuntos que afecten a los hijos menores en estos procesos hasta que estos cumplan 18 años (o 19 años si aún están en la preparatoria). Las partes pueden presentar mociones para modificar la custodia, la manutención y la visita en cualquier momento en que las circunstancias justifiquen dicha presentación.

Emancipación de menores:

Un menor puede hacer una petición a la corte para que se declare su emancipación si tiene al menos 14 años, vive voluntariamente separado de sus padres y maneja sus propios asuntos económicos personales.

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